El
Consejo de Ministro del cuatro de abril aprobó el Anteproyecto de
de Ley Orgánica del Poder Judicial , en la que , entre otras
novedades se otorga la condición de aforados a la Reina , al
Príncipe Heredero y a su Cónyuge, sin que asombrosamente no se ha
suprimido ninguno de los 10.000 aforamientos que actualmente
contaminan la democracia española, ya que atentan violentamente a
los derechos a ser juzgados por un juez natural ordinario , al
derecho de igualdad ante la ley y al derecho de tener una apelación
en segunda instancia , y además colapsan los escalones más altos de
la justicia , que no están diseñados para la instrucción de
procedimientos penales . No puede haber tantas excepciones a los
principios democráticos .
El
abuso por la clase política de esta institución jurídica es tan
evidente que algunos nombramientos están explicados solamente en
orden a lograr el aforamiento de ciertos políticos, para cubrirse de
imputaciones por corrupción; los más escandalosos son los
nombramientos como senadores de los ex presidentes de Andalucia,
afectados por el proceso de los ERES: Chaves y Griñán.
La
justificación de la inclusión en la lista de aforados a la Reina,
al Príncipe heredero y a su consorte, por parte del Ministro de
Justicia Sr. Gallardón, es coherente con la situación actual; es un
absurdo que un ministro, un diputado ,o un senador o cualquier
robaperas esté aforado y tenga que ser juzgado por el Tribunal
Supremo, o en su caso por un Tribunal Superior de Justicia
Autonómico, por una simple infracción de tráfico y la Reina o el
Príncipe Heredero y su consorte, por los tribunales ordinarios .
Incluso se puede decir que la decisión es prudente al limitar el
aforamiento a la Reina , al Príncipe y a su consorte, y no
extenderlo a otros miembros de la familia real, ya que, en estos
momentos, sería un monumental escándalo, por el caso NOS en el que
está implicado el Sr, Urdangarrín esposo de la hija del Rey, la Princesa Cristina de Borbón.
El
aforamiento es una excepción al principio de igualdad ante la ley y
como tal excepcionalidad debe estar muy reducido su campo de
aplicación, y el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial
amplía la excepcionalidad en vez de aprovechar y suprimir de plano
unos 9.990 supuestos de aforamiento, que no están justificados en un
estado democracrático de derecho, y además en alguno de los
aforamientos han de limitarse extrictamente a su función y no a
todos los casos , por ejemplo los senadores y diputados a sus
funciones parlamentarias en las respectivas cámaras, pero no para
los delitos comunes aunque sea utilizando su cargo parlamentario .
El
Anteproyecto se limita a suprimir el oprobioso, por insultante y
discriminatorio con la ciudadanía , derecho a declarar por escrito
de algunos aforados y/o cargos , esto es no declarar ante un simple
juez, ellos, que son tan importantes.
No
soy jurista y mis comentarios sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica
del Poder Judicial se basan en lo publicado en la prensa estos días,
pero no creo que venga a arreglar los grandes problemas que tiene la
justicia desde el punto de vista del ciudadano, entre otros asuntos
:
-No
veo que se aborde el problema de simplificar y acortar los
procedimientos. Con la coña limonera de que nuestros procedimientos
son muy garantistas , creo que a los únicos que se les garantizan
son a los políticos , poderosos, a los mafiosos , a los terroristas,
a los pederastas, violadores, etc , pero con tanto garantismo se
perjudica y no se garantiza sus derechos a las victimas, a los
ciudadanos de a pié, a los económicamente débiles, etc. No tiene
sentido procedimientos abiertos 10-15 años en instrucción, ya que
son muy sospechosos de interferencias exteriores, políticas ,
económicas, etc.
-Tampoco
vemos que se inspire en luchar contundente y decididamente contra la
corrupción y en la independencia judicial, asuntos que interesan y
preocupan mucho a los ciudadanos. Por eso creemos que es otra ocasión
perdida, y que puede ser tan fallida como la reforma de las
administraciones locales, que nació muerta antes incluso de ser
publicada en el BOE, que con tres meses de vida ya fue modificada en
puntos fundamentales, para apuntalar la corrupción y el despilfarro
por parte de la casta política.
Pero
centrándonos en la anomalía democrática del aforamiento, recuerdo
mi articulo sobre el tema publicado hace mas de medio año, tanto en
mi blog Librepensador71 y en Galicia Digital :
“ Con
este tercer artículo se termina una trilogía sobre el aforamiento
de políticos y partidos españoles, en los que se señala como
han ido creando una barrera legal para eludir impuestos , desactivar
los controles sobres la cuentas de los partidos, nutridas
abundantemente de fondos públicos , y para eludir las posibles
responsabilidades, especialmente las penales .
Los
políticos han usado las instituciones legislativas para
montar un estatus a su favor, diferente al de los ciudadanos,
con claro abuso y desviación de poder, violando el principio
democrático fundamental de igualdad ante la ley, con fines tan
inconfesables de pagar menos impuestos , manejar a su
antojo, liberrimamente , fondos pùblicos sin control y lo que es más
grave sin responsabilidad civil, administrativa , ni penal . Para
ello no han dudado en utilizar las leyes para entrar en las
instituciones para condicionar sus funciones a sus objetivos
partidistas , y eliminar así otro gran principio de la democracia,
que es la separación de poderes , supeditando al Poder Legislativo y
al Poder judicial, por parte del Poder Ejecutivo , a su vez
dominado por el partido o partidos ganador/es de las elecciones , y
todo ello con la destacada connivencia y confabulación de casi
todos los partidos con cuotas de poder en las instituciones.
En
este artículo analizamos hasta donde se puede llegar a abusar
exageradamente, al regular una figura que en su esencia es, una
excepción , un fuero especial , un privilegio procesal penal,
como es el aforamiento de ciertos cargos públicos , no desde el
punto de vista doctrinal, si no la visión de un simple ciudadano ,
eso si , independiente, politicamente incorrecto y un tanto
peleón , y que, como señalaba en su lema el poeta Jorge Manrique,
que hago mio : No miento, ni me arrepiento .
El
aforamiento nace en los orígenes del estado liberal, para
salvaguardar el derecho a garantizar la libertad de expresión de
quienes defendían lo público y termina, en España, con la
pretensión de garantizar la inmunidad de los que ostentan ciertos
cargos públicos . Es por tanto una antigualla, pervertida y
convertida en un conjunto de privilegios procesales penales hoy
en día injustificables , que en gran parte de los países
democráticos occidentales fueros suprimiéndose y
limitándose , tanto en número de afectados , como en
contenido del privilegio . Veamos lo que sucede en nuestro entorno :
-Alemania
y Reino Unido :
eliminados
estos privilegios , no existe
aforamiento .
-Italia
y Portugal : solo
está aforado el Presidente de la República .
-Francia
: Presidente
de la República, Primer Ministro y Ministros .
-España:
---La
Constitución Española contempla que las responsabilidades del
Presidente del Gobierno y de los miembros del mismo,
serán exigibles ante la sala II del Tribunal Supremo,
así como a Diputados y Senadores , que además gozan de
inviolabilidad e inmunidad por cualquier delito sea o no en
función de su cargo.
...La
Ley Orgánica del Poder Judicial , encomienda a la Sala de lo
Penal del Tribunal Supremo, los enjuiciamientos de los miembros del
propio Supremo , del CGPJ,Audiencia Nacional, Tribunales Superiores
de Justicia, el Fiscal General del Estado y fiscales del Supremo . Y
en un alarde de exceso legislativo , aprovechando que el río
Miño pasa por Lugo, Orense y Tuy, también mete en el mismo saco ,
sin tener nada que ver con el Poder Judicial, a los miembros del
Tribunal Constitucional , Tribunal de Cuentas, Consejo de Estado
y Defensor del Pueblo . Pero pasando del exceso al desbordamiento,
como un gran y catastrófico tsunami , utilizando vergonzosamente la
percha de una Ley , en principio muy técnica , para disimular y por
puro oportunismo partidista, se cuelan de rondón a
“ aquellos que determinen los Estatutos de Autonomía”. Y asi
llegamos , según un reciente recuento efectuado por UPyD a la
escandalosa cifra de 10.000 ( diez mil ) aforados .
¡
10.000 aforados !, esta
patente desmesura es un tremendo atentado a la democracia y a
sus principios de igualdad ante la ley , al derecho a ser juzgado
por juez natural u ordinario y al derecho a tener una segunda
instancia . Toda excepción al régimen general, como es el
aforamiento, ha de ser muy justificada y restrigida en número
de afectados y en el mínimo de contenido . En el caso español es
urgente la limitación del aforamiento a lo contemplado en la
Constitución : al Presidente del Gobierno y los miembros del mismo ,
limitándolo a los actos realizados en función del ejercicio de sus
cargos y a los Senadores y Diputados limitado a las manifestaciones
realizadas en Comisiones y Pleno , en ejercicio de sus cargos . Todo
lo demás sobra y no está justificado, deben ser los tribunales
ordinarios los que deban entender de los demás asuntos , como a
cualquier ciudadano; naturalmente si queremos luchar eficaz y
decididamente contra la corrupción , si no, dejémoslo así, la
inmunidad de los aforados , de facto, estadísticamente , está
garantizada , por que la intervención política en los nombramientos
claves de la judicatura, garantiza esa inmunidad de los políticos .
¿ No le extrañaron nunca las encarnizadas luchas políticas, para
cubrir las plazas vacantes en de Tribunal Supremo , Tribunales
Superiores de Justicia Autonómicos , Fiscalias de los mismos y
miembros de CGPJ ? Pues son , ni más ni menos los aforados de la
judicatura, que juzgarán a los políticos aforados.
Con
los tres artículos últimos :“El aforamiento fiscal de los
políticos “, “ El aforamiento contable de los partidos “ y el
presente “El aforamiento penal de los políticos “ se deja
patente la utilización del Estado en beneficio propio por
parte de los políticos y los partidos formando una casta
privilegiada , amparada ante las responsabilidades y repudios penales
, organizada endogamicamente en una partitocracia predadora de fondos
públicos y centro de negocios Vamos , es lo más parecido a
una “cosa nostra “ mafiosa.
Este
es nuestro gran problema , y así lo perciben los ciudadanos en las
sucesivas encuestas del CIS . La partitocracia es capaz de dejar
quebrar al Estado, antes de soltar una sola de sus prebendas “.
Comentaba
un sólido jurista amigo mio : Lo peor no es que las leyes sean a
favor de los ricos , lo peor es que son en contra de los pobres,
entre los cuales están los ciudadanos de a pié.
Mi amiga Mónica,me manda por email este interesante comentario :
ResponderEliminarEstoy totalmente de acuerdo con lo que dices respecto del aforamiento, como sigamos así serán aforados hasta los políticos que no ostenten cargos públicos (Bárcenas y compañía).
Pero te has olvidado de un detalle que todavía hace más escandalosa la situación: el carácter retroactivo.
Cuando una persona consigue un cargo que le aporta la condición de aforado, ese privilegio no se aplica únicamente a los procedimientos que se inicien por delitos cometidos tras la designación, aunque el procedimiento se inicie por una falta o delito cometido con anterioridad a ser aforado se aplica el aforamiento.
Imaginemos que en las próximas elecciones al Parlamento Gallego sale elegido Diputado un Alcalde. Sin con posterioridad a ser nombrado diputado autonómico se inicia la instrucción respecto de un delito cometido antes de las elecciones se le aplicará el privilegio de aforado.
¡Una vergüenza!
Es una verguenza y un abuso, que ampara la desesperante corrupción que afecta a todas las instituciones del pais , y a todos los partidos . Señalas el caracter retroactivo como un privilegio indignante y que me dices de los efectos del aforamiento a los ciudadanos de a pié que están incursos en el mismo procedimiente que un político aforado que pueden perder su derecho a una apelación de la sentencia que recaiga ,si se sustancia en el Tribunal Supremo .
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